UN MEJOR MODELO DE PREVENCIÓN DE DELITOS O COMPLIANCE PENAL PARA LAS EMPRESAS.

TENGO UNA PEQUEÑA EMPRESA ¿NECESITO UN PLAN DE COMPLIANCE PENAL?

Abogado Penalista

Definitivamente sí, cuando hablamos de “empresa” ello debe ser entendido como cualquier ente con personalidad jurídica. Así pues, con total independencia del número de trabajadores que se tenga (a pesar de que sólo se tengan uno o dos) y de los beneficios que se obtengan, nuestra empresa podrá ser responsable penalmente y, por tanto, podrá ser condenada. No obstante ello, si la empresa es de pequeñas dimensiones sí se introducen algunos puntos favorables respecto a las exigencias que la Ley requiere a la grandes empresas.

Asimismo, los entes sin personalidad jurídica, con independencia de su tamaño, de sus beneficios y de las personas que los compongan, también podrán ser condenados penalmente si no toman las medidas adecuadas para prevenir y detectar los delitos cometidos por sus miembros. Por todo lo anterior es importante tener un plan de compliance penal.

¿COMO EVITAR SU CONDENA POR DELITOS COMETIDOS POR SUS TRABAJADORES?

Abogado Penalista

Este es uno de los puntos clave de la reforma del Código Penal, ya que si bien, hasta ahora ya se preveían algunas medidas atenuantes, ahora se ofrece la posibilidad de eximir de toda responsabilidad penal a las empresas. Para ello es absolutamente necesario, entre otras cosas, tener un modelo de prevención de delitos o compliance penal. Teniendo en cuenta que la empresa, por sí misma, no puede cometer un delito, lo que pretende el legislador es que la empresa controle a sus trabajadores (a sus “subordinados”) y a los miembros que la componen. En este sentido, la responsabilidad penal de cualquier empresa por delitos cometidos por sus miembros responde al deber de vigilancia, control y supervisión que la empresa debe desarrollar sobre aquéllos. Así pues, si sus miembros cometen un delito se entiende que la empresa ha errado en su deber de vigilancia y, por tanto, deberá responder penalmente no ocurrirá si la empresa dispone de un plan de riesgos penales o compliance penal

 

¿ES NECESARIO TENER EN MI EMPRESA UN PLAN DE RIESGOS PENALES?

Abogado Penalista

Según la reciente sentencia de la Sala Penal del Tribunal Supremo, de 29 de febrero de 2016, el modelo de prevención de delitos o compliance penal se alza como un elemento clave para eximir de responsabilidad penal a las empresas por los delitos cometidos por sus miembros y trabajadores. Por lo tanto, de cometerse un delito y no tener un modelo de prevención de delitos o compliance penal, ello comportará la automática denuncia de la empresa y su más que posible condena, por ello es interesante, un plan de riesgos penales realizado por abogado especializado en compliance penal.

TENEMOS UN PLAN DE COMPLIANCE PERSONALIZADO PARA SU EMPRESA O NEGOCIO

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¿Pero que es un plan de compliance penal? Es un modelo de prevención de delitos o de prevención de riesgos penales y se podría definir como un código de conducta ético en el que se establecerán los protocolos necesarios para prevenir y detectar los delitos que puedan cometer las personas que prestan sus servicios para la empresa, los delitos cometidos por los trabajadores subcontratados también podrán generar responsabilidad penal para las empresas en las que presenten sus servicios. Asimismo, este modelo de compliance penal deberá constar por escrito y deberá ser eficazmente aplicado.

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