REFORMA DE LA LEY SOBRE DESAHUCIOS


Durante este mes de Abril de 2.013 se está tramitando en el congreso de los diputados el proyecto de ley de medidas urgentes para reforzar la protección a los deudores hipotecarios, que llevará por nombre Ley de los deudores hipotecarios, de reestructuración de la deuda y del alquiler social. 

Esta ley regulará la dación en pago para los siguientes supuestos:

a) Familias con rentas inferiores a tres veces el IPREM (532,51 €). No obstante, se eleva el dato a cuatro veces el IPREM si hay algún discapacitado, dependiente o incapacitado y, como novedad, hasta cinco veces el IPREM si el titular de la deuda sufre parálisis cerebral, enfermedad mental, enfermedad grave o discapacidad intelectual a partir del 33% o discapacidad física o sensorial a partir del 65%.

b) Familias que hayan sufrido en los cuatro años anteriores una «alteración significativa» de sus circunstancias familiares o económicas, entendiendo por éstas que la carga hipotecaria sobre la renta familiar se haya multiplicado por 1,5 salvo si el banco puede acreditar que cuando se concedió el crédito esa carga era igual o superior.

c) Ser familia numerosa, monoparental con dos hijos, familia con discapacitados o con algún menor de tres años.

d) Para poder acogerse además a la dación en pago, la vivienda debe ser el domicilio habitual y los afectados no pueden tener otras propiedades con las que afrontar la deuda.

Además a la vista de la nueva sentencia del tribunal de justicia de la unión europea se autorizará a los jueces a paralizar las ejecuciones hipotecarias si detectan cláusulas abusivas, que podrán conllevar la revisión de la deuda pendiente o la anulación del desahucio si está causado por dicha cláusula. También se limitan las costas que no podrán superar el 5% de la cantidad reclamada.

También y según este proyecto de ley se podrán reducir las deudas de los desahuciados una vez hayan visto ejecutada su hipoteca  si el banco se beneficia en la venta, así de este modo,  si la entidad financiera obtiene una plusvalía con la venta del bien en esos diez años posteriores a su adjudicación mediante subasta pública el juez podrá exigir que el 50% de esa plusvalía se reduzca de la deuda. También se prevé que tras la ejecución, se quede liberado de la deuda si se paga el 65% en cinco años o el 80% en diez años.

Por lo tanto se podrán reducir las deudas que les quedan pendientes a las familias víctimas de desahucios por impago de la hipoteca si el banco obtiene una plusvalía al vender la vivienda, y además limitará los intereses de demora que se pueden aplicar a estos créditos limitándolos a tres veces el interés legal del dinero para evitar el crecimiento desorbitado de la deuda y facilitar que los deudores puedan afrontar el pago, además de limitar a 30 años el plazo máximo para conceder hipotecas para vivienda habitual, también se buscará modificar la actual legislación en relación a las subastas para que si la subasta concluye sin postor, el porcentaje de adjudicación para el banco suba del 60 al 70% de la tasación.

 

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3 comentarios. "REFORMA DE LA LEY SOBRE DESAHUCIOS"

  1. Con la reciente sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea no solamente puedes suspender el desahucio sino que además puedes demandar a tu banco por cláusulas abusivas como son las de vencimiento anticipado, intereses de demora y la de liquidación unilateral de la deuda impagada.

    En tu caso, con la nueva normativa, podría ser que no le debas tanto dinero al banco como ellos te reclaman, así mismo te recomiendo encarecidamente que comparezcas en el procedimiento ya que hay muchas posibilidades, aunque el banco te lo esconda, de que puedas saldar la deuda que tienes con la subasta de tu piso.

  2. Mi pregunta es la siguiente. Voy a vender mi apartamento por no poder afrontar la hipoteca.
    El problema es que el precio de venta es menor de la hipoteca que debo.
    He preguntado al banco que me perdonaran la diferencia entre la venta y la hipoteca.
    Dispongo de otro piso, por lo tanto me han dicho que si tengo alguna propiedad no es posible.
    ¿que puedo hacer en mi caso?
    Gracias
    Anna

  3. Buenos dias, tengo una pequeña empresa y tengo dos hipotecas de empresa y haora no
    puedo pagar la hipotecas quisiera que el banc. se quedara con los pisos. quisira información de la donación de pago para empresa, en que consiste.
    un saludo
    Rosario

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