RESOLUCIÓN RECURSO REGISTRO DE LA PROPIEDAD


Atendiendo a la denegación de inscripción  por parte del Registro de la Propiedad nº 2 de Sabadell de la sentencia emitida por el Juzgado de Primera Instancia nº 8 del mismo término municipal, en la que se procede a la otorgación del divorcio y de la división de la cosa común de nuestros clientes, este despacho procedió a la presentación del correspondiente recurso  ante la Dirección General de los Registros del Notariado.

En dicho recurso se ha argumentado, en contradicción a lo estipulado en la resolución del Registro de la Propiedad nº 2, que las plazas de parking que fueron adquiridas por ambos cónyuges y en las que se había procedido a la disolución de su condominio a través de la otorgación del divorcio por parte del Juzgado de Primera Instancia nº 8 de Sabadell, sí que formaban parte de la vivienda habitual  y que por lo tanto, el requerimiento formulado por el registrador de la propiedad no daba lugar, no debiéndose, en consecuencia, elevar a público dicha resolución judicial antes de su inscripción.

Una vez más, queda patente la interpretación de la normativa al respecto, no solamente en este supuesto concreto sino en todo lo concerniente a otro ámbitos.

A los efectos oportunos, se procede a la transcripción de la resolución emitida por el MINISTERIO DE JUSTICIA, concretamente DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE LOS REGISTROS DEL NOTARIADO.

Resolución Ministerio Justicia recurso Registro Propiedad Sabadell

 

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