El Tribunal de Justicia de la UE a favor de la eliminación de las Cláusula Suelo


Hasta el momento, la mayoría de los tribunales españoles que han declarado nula la Cláusula Suelo, sólo han devuelto los importes cobrados mediante su aplicación desde el 9 de mayo de 2013, porque el Tribunal Supremo así lo dispuso.

Sin embargo, recientemente la Comisión de la Unión Europea se ha pronunciado a favor de que aquellas personas a las que se les esté aplicando una cláusula suelo, puedan recuperar el dinero pagado en aplicación de la misma, desde que firmaron el contrato de préstamo.

En relación a todo esto, intentaremos resolver algunas de las dudas que frecuentemente nos preguntan los clientes:

El Tribunal Supremo dijo que no podían devolverse las cantidades cobradas en aplicación de la cláusula suelo antes del 9 de mayo de 2013, ahora la Comisión de la Unión Europea dice lo contrario ¿qué sucederá finalmente?

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea tendrá que decidir si las Entidades financieras están obligadas a devolver los importes cobrados por la cláusula suelo desde el 9 de mayo de 2013 o desde la firma del contrato de hipoteca.

¿El Tribunal de Justicia de la Unión Europea está obligado a hacer lo que dice la Comisión?

No, no está obligado. Sin embargo las observaciones de la Comisión son tenidas en cuenta por el Tribunal y pueden ser determinantes para que éste se pronuncie a favor de devolver todas las cantidades cobradas en aplicación de la cláusula suelo.

¿Qué dirá el Tribunal de Justicia de la Unión Europea? ¿Es probable que declare la obligación de las Entidades financieras de devolver las cantidades desde la firma del contrato?

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha sido claro en sus sentencias pasadas y siempre ha mantenido que si una cláusula es declarada nula, sus efectos no se podrán limitar en el tiempo. Por tanto, es muy probable que mantenga su postura y ordene devolver las cantidades desde el inicio del contrato.

Si el Tribunal de Justicia de la Unión Europea establece que se deben devolver las cantidades cobradas desde el inicio del contrato y el Tribunal Supremo dice que se deben devolver desde el 9 de mayo de 2013 ¿qué sucederá?    

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea es un tribunal de instancia supranacional y sus decisiones vinculan a los tribunales nacionales a la hora de interpretar las normas de la Unión Europea. Así pues, la decisión del Tribunal de Justicia de la Unión Europea prevalecerá sobre la de cualquier tribunal judicial español y, por tanto, las entidades deberán devolver las cantidades desde la firma del contrato.

NUESTRAS CONCLUSIONES:

En nuestra opinión, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea declarará que los efectos de la nulidad de la cláusula suelo son desde el inicio del contrato y, por lo tanto, las Entidades financieras quedarán obligadas a devolver todas las cantidades debidas.

Asimismo, debemos tener en cuenta que el principal argumento que dio el Tribunal Supremo para limitar los efectos de la nulidad de la cláusula suelo, es un argumento de dudoso o nulo fundamento jurídico, sino más bien político, por lo que su decisión contradice el artículo 6.1 de la Directiva 93/13/CEE del Consejo, de 5 de abril de 1993. Ello es motivo suficiente para hacer prever que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea extenderá los efectos de la nulidad de la cláusula suelo con anterioridad al 9 de mayo de 2013 y desde la firma del contrato.

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